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Texto traducido automáticamente de la versión en polaca.

Denegación del servicio militar y pérdida de la ciudadanía polaca

Según el art. 113 de la Ley de 9 de abril de 1938 sobre el deber militar universal, el servicio militar era un servicio honorable para la Nación y el Estado, y al mismo tiempo el cumplimiento del deber civil básico. La ley tuvo consecuencias significativas en la forma de incluso la pérdida de la ciudadanía polaca con la evasión del servicio militar.

Otra disposición de esta ley estipulaba que un ciudadano polaco sujeto al servicio militar puede, a solicitud del Ministro de Asuntos Militares o de una autoridad militar autorizada por él, ser privado de la ciudadanía polaca. Esto podría suceder en una situación en la que un ciudadano:

  • • a pesar de su obligación militar, abandonó la unidad o posición y permaneció fuera del Estado polaco o en el territorio ocupado por el enemigo;
  • • para eludir la obligación militar, no cumplió con una cita o citación pública para el servicio, sino que se fue al extranjero oa un área ocupada por el enemigo y permaneció allí;
  • • residió permanentemente fuera del Estado polaco y, para eludir su obligación militar, no se presentó en la oficina consular de R. P. ni en la autoridad militar competente del país dentro del plazo fijado por las autoridades;
  • • permaneció fuera del Estado polaco y reclutó ciudadanos polacos que permanecían en el país o en el extranjero para un ejército extranjero o una organización militar extranjera.

Las autoridades competentes para dictar decisiones sobre la privación de la ciudadanía polaca y el procedimiento a seguir en estos casos se especificaron en la ordenanza de los Ministros de Asuntos Militares, Interior y Bienestar Social del 7 de febrero de 1939, emitida en consulta con los Ministros de Relaciones Exteriores, Hacienda, Justicia, Religiones e Ilustración. Reformas Públicas, Agrícolas y Agrarias y Comunicación sobre la implementación de la Ley de 9 de abril de 1938 sobre la obligación militar universal.

Es significativo que este reglamento estableciera la obligación de emitir una decisión sobre la privación de la ciudadanía polaca. En la práctica, esto significa que las personas que eludieron la obligación de realizar el servicio militar no perdieron automáticamente su ciudadanía, a menos que se emitiera una decisión final en su caso.

Esta ley estuvo vigente desde el 2 de septiembre de 1938 hasta el 28 de mayo de 1950.