PROCEDIMIENTOS

La renuncia a la nacionalidad - el procedimiento

La solicitud de aceptación de la renuncia a la nacionalidad polaca incluye:

  1. la declaración del solicitante sobre la renuncia a la nacionalidad polaca;
  2. los datos del solicitante;
  3. el domicilio;
  4. los datos del cónyuge del solicitante;
  5. la información sobre el último domicilio en el territorio de la República de Polonia si el solicitante reside fuera de este territorio.

El ciudadano polaco que ejerce la patria potestad sobre un menor de edad indica además en la solicitud:

  1. los datos del menor de edad;
  2. la información si y ante qué órgano fueron presentadas las declaraciones sobre el consentimiento para la pérdida de la nacionalidad polaca,

A la solicitud se adjuntan:

  1. los documentos que confirman los datos y la información incluida en la solicitud,
  2. el documento de confirmación de la nacionalidad de otro país o de promesa de su otorgamiento;
  3. las fotografías de las personas a las que hace referencia la solicitud.

La solicitud de consentimiento para la renuncia a la nacionalidad polaca se presenta en el formulario.

La solicitud de consentimiento para la renuncia a la nacionalidad polaca se presenta personalmente o por correo con firma oficialmente certificada, a través del voivoda o del cónsul. Si la solicitud no cumple los requisitos definidos por la ley o no han sido adjuntados los documentos requeridos, el órgano que recibe la solicitud cita al solicitante a subsanar las faltas en el plazo de 30 días de la fecha de recepción de la notificación con las instrucciones de que en caso de no subsanar las faltas la solicitud quedará sin reconocer. El voivoda y el cónsul remiten inmediatamente al Presidente de la República de Polonia, a través del ministro de asuntos interiores competente, la solicitud de consentimiento para la renuncia a la nacionalidad polaca junto con los documentos requeridos. El ministro de asuntos interiores competente, antes de remitir la solicitud al Presidente de la República de Polonia se dirige al Comandante Principal de Policía, al Responsable de la Agencia de Seguridad Interior y, si fuera necesario a otro órganos, solicitando la información que pueda ser relevante para el asunto de consentimiento para la renuncia a la nacionalidad polaca y elabora la opinión sobre la solicitud. El voivoda, el cónsul y el ministro de asuntos interiores competente remiten la solicitud de consentimiento para la renuncia de la nacionalidad polaca directamente al Presidente de la República de Polonia en cualquier caso cuando así decida el Presidente, sin tomar en consideración la fase del procedimiento. El voivoda y el cónsul informan al ministro de asuntos interiores competente de haber remitido la solicitud de consentimiento para la renuncia de la nacionalidad polaca al Presidente de la República Polaca.

El Presidente de la República de Polonia da su consentimiento para la renuncia de la nacionalidad polaca o se niega de expresarla en forma de una resolución. La pérdida de la nacionalidad polaca tiene lugar al pasar 30 días de la fecha de dictar la resolución del Presidente de la República de Polonia. La pérdida de la nacionalidad polaca puede suceder en un plazo más corto del plazo definido de 30 días. El Responsable de la Cancillería del Presidente de la República remite al ministro de asuntos interiores competente una copia de la resolución. El Responsable de la Cancillería del Presidente de la República prepara las notificaciones con el contenido de las resoluciones sobre el consentimiento para la renuncia a la nacionalidad polaca.

La notificación contiene:

  1. la información sobre el contenido de la resolución del Presidente de la República de Polonia, la fecha de su emisión y el número;
  2. los datos de la persona a la que se refiere la notificación:
  3. el nombre (los nombres) y el apellido,
  4. la fecha y el lugar de nacimiento,
  5. el nombre del padre y el nombre de la madre;
  6. la identificación del órgano que prepara la notificación y la fecha de su elaboración.