Información general
Estado legal para el día 14.09.2012
Todos los ciudadanos polacos tienen derecho a recibir el pasaporte. La privación o limitación de este derecho puede suceder únicamente en los casos previstos en la ley. El documento de pasaporte autoriza a pasar la frontera y a la estancia en el extranjero y certifica la nacionalidad polaca, así como la identidad de la persona indicada en los datos que contiene el documento. Los documentos de pasaporte en el periodo de su vigencia son de propiedad de la República de Polonia.
Procedimiento de emisión del pasaporte
El documento de pasaporte se expide a solicitud de una persona mayor de edad una vez entregados los documentos requeridos, tomados los datos biométricos y realizado el pago debido. Los pasaportes diplomáticos y los pasaportes oficiales del Ministerio de Asuntos Exteriores se expiden sin cobrar los derechos. Los pasaportes temporales no contienen datos biométricos.
La solicitud de expedición del documento de pasaporte se presenta personalmente exceptuando los siguientes casos:
- la solicitud de expedición del documento de pasaporte a un menor de edad presentan los padres o los tutores nombrados por el juzgado o uno de los padres o bien uno de los tutores nombrados por el juzgado junto con la autorización por escrito del segundo de los padres o del tutor nombrado por el juzgado, con certificación de la firma por parte del órgano de expedición de pasaportes o por el notario;
- la solicitud de expedición del documento de pasaporte a una persona con incapacitación plena la cual queda bajo patria potestad, presentan los padres, y en caso de las personas que no quedan bajo patria potestad presenta el tutor nombrado por el juzgado.
A la hora de presentar la solicitud de expedición del documento de pasaporte es imprescindible la presencia del menor de edad que haya cumplido 5 años y de la persona con incapacitación plena. A la hora de presentar la solicitud de expedición del pasaporte diplomático o del pasaporte oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores se requiere la presencia del menor de edad y de la persona con incapacitación plena. En casos justificados, cuando en el país dado no hay consulado polaco o las condiciones no permiten o dificultan considerablemente la presentación personal de la solicitud de expedición del pasaporte temporal en el consulado, a solicitud de la persona que solicita la expedición del pasaporte temporal, el cónsul puede desistir del requisito de presentación personal de la solicitud y recogida personal de este documento.
Para expedir el documento de pasaporte a un menor de edad se requiere la aprobación de los dos padres cuyas firmas auténticas certifica el órgano de expedición de pasaportes o el notario, a no ser que, a base de la sentencia del juzgado, uno de los padres hubiera sido privado de la patria potestad o la patria potestad le hubiera sido limitada. En caso de falta de conformidad de las actitudes de los padres o en caso de no conseguir la aprobación de uno de ellos, la aprobación de expedición del documento de pasaporte es sustituida por la sentencia del tribunal familiar. Si no es posible, o es bastante difícil, conseguir la aprobación de uno de los padres, el documento de pasaporte en el extranjero puede expedirse con aprobación de tan solo uno de los padres, si se trata del bien del menor de edad. - En caso de que el menor de edad permanezca en el extranjero sin estar bajo custodia de sus padres, el pasaporte temporal puede ser expedido sin su aprobación.
El documento de pasaporte se recoge personalmente, con excepción del menor de edad y la persona con incapacitación plena, para los cuales el documento de pasaporte puede recoger uno de los padres o de los tutores nombrados por el juzgado. En casos justificados, sobre todo en las condiciones de acceso extremamente dificultado al consulado, a solicitud de la persona que solicita la expedición del documento de pasaporte, el cónsul puede desistir del requisito de recogida personal del documento de pasaporte. En este caso no aplica el contenido del art. 16. La persona que recoge el documento de pasaporte verifica con el lector electrónico si los datos personales y biométricos incluidos en el documento son conformes con el estado real.
Se niega la expedición del documento de pasaporte a solicitud:
- del juzgado que lleva a cabo un procedimiento en contra de la persona que solicita el documento de pasaporte en un caso penal o un procedimiento penal tributario, un procedimiento en un asunto de un menor de edad o que lleva a cabo un procedimiento civil;
- del órgano que lleva a cabo un procedimiento sumarial, del órgano de procedimiento ejecutivo en un caso penal, incluidos los delitos fiscales, contra la persona que solicita la expedición del documento de pasaporte.
- 2. En casos justificados con interés importante de la persona que solicita el documento de pasaporte, a pesar de que existan premisas que justifiquen la negación de su expedición, el cónsul puede expedir el pasaporte temporal. De la expedición de este tipo de pasaporte el cónsul informa al órgano que presentó la solicitud de no expedir el documento de pasaporte.