Confirmación de la nacionalidad polaca o de su pérdida
La decisión sobre la confirmación de la nacionalidad polaca o de su pérdida expide, a solicitud de la persona a la que se refiere el procedimiento, o al sujeto que demuestre el interés legal o la obligación de obtener la decisión, el voivoda competente para el domicilio o el último lugar de residencia en el territorio de la República Polaca de la persona a la que se refiere el procedimiento, y en caso de falta de este fundamento - el voivoda de Mazovia. El procedimiento en el asunto puede iniciarse también de oficio.
La solicitud de confirmación de la nacionalidad polaca o de su pérdida incluye los datos de la persona a la que hace referencia la confirmación y de sus ascendientes de segundo grado, así como, la información sobre las circunstancias relevantes imprescindibles para determinar el estado real y legal. La persona y el sujeto que presenta la solicitud de confirmación o la pérdida de la nacionalidad polaca están obligados a adjuntar los documentos que confirmen los datos y la información incluida en la solicitud, a no ser que la obtención de estos documentos encuentre obstáculos difíciles de superar. La solicitud de confirmación de la nacionalidad polaca o de su pérdida se presenta al voivoda. La persona que reside fuera del territorio de la República de Polonia puede presentar una solicitud de confirmación de la nacionalidad polaca o de su pérdida a través del cónsul competente para el lugar de su residencia. El cónsul transmite la solicitud inmediatamente al voivoda con los documentos anexos, así como los documentos de los que dispone y la información de la persona cuyo procedimiento se está llevando a cabo.