Adquisición de la ciudadanía polaca por ministerio de la ley
Un menor adquiere la ciudadanía polaca por nacimiento en caso de que:
- al menos uno de sus padres sea ciudadano polaco;
- haya nacido en el territorio de la República de Polonia y sus padres sean desconocidos o no posean ninguna ciudadanía o bien una ciudadanía indefinida.
Un menor adquiere la ciudadanía polaca si es encontrado en el territorio de la República de Polonia y sus padres son desconocidos.
Un menor extranjero adoptado por una persona o personas que posean la ciudadanía polaca adquiere la ciudadanía polaca si la adopción plena se lleva a cabo antes de que el menor haya cumplido 16 años. En este caso se asume que el extranjero menor ha adquirido la ciudadanía polaca el día de su nacimiento.